El máximo tribunal rechazó una apelación del Poder Ejecutivo y mantuvo vigente la orden de aplicar dos artículos de la Ley de Financiamiento Universitario. La discusión sobre la constitucionalidad del decreto que suspendió la norma continuará en la Justicia.
La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Gobierno nacional a actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas y recomponer los programas de becas estudiantiles.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes declararon inadmisible el recurso presentado por el Estado porque estaba dirigido contra una medida cautelar y no contra una sentencia definitiva.
De esta manera, continúa vigente la orden judicial de aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, mientras avanza el expediente en el que las universidades cuestionan el decreto utilizado por el Gobierno para suspender la ejecución de la norma.
El pronunciamiento no implica que la Corte haya resuelto el fondo de la disputa ni que haya ordenado implementar inmediatamente todos los puntos de la ley. Su efecto concreto es mantener la cautelar que alcanza a la recomposición salarial y a las becas.
Qué deberá cumplir el Gobierno
El artículo 5 establece que los salarios docentes y no docentes deben actualizarse desde el 1º de diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, en un porcentaje que no puede ser inferior a la inflación acumulada durante ese período.
También dispone que los aumentos sean remunerativos y bonificables, la incorporación de las sumas no remunerativas a los salarios básicos y la convocatoria a negociaciones paritarias con una periodicidad no mayor a tres meses.
El artículo 6, en tanto, ordena actualizar por inflación los programas de becas estudiantiles, entre ellos Progresar, Manuel Belgrano y Enfermería, además de incrementar progresivamente la cantidad de beneficiarios de acuerdo con la matrícula de las instituciones públicas.
La cautelar no comprende por ahora otros puntos de la ley, como la recomposición integral de los gastos de funcionamiento, los fondos para hospitales universitarios, investigación, extensión e infraestructura.
Una ley suspendida por el Ejecutivo
La Ley de Financiamiento Universitario fue sancionada por el Congreso en agosto de 2025. El presidente Javier Milei la vetó, pero ambas cámaras reunieron los dos tercios necesarios para insistir con el texto original.
El Ejecutivo debió promulgarla, aunque mediante el Decreto 759/2025 condicionó su aplicación a que el Congreso determinara fuentes específicas para financiar los nuevos gastos.
Ante esa decisión, el Consejo Interuniversitario Nacional y distintas universidades promovieron una acción de amparo para solicitar la inconstitucionalidad del decreto y exigir el cumplimiento de la ley.
La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a la cautelar y ordenó aplicar de inmediato los artículos vinculados con salarios y becas. La Cámara confirmó posteriormente esa resolución y el Gobierno llevó el reclamo ante la Corte.
El máximo tribunal no evaluó todavía si el decreto es constitucional. Al rechazar el recurso por una cuestión procesal, dejó vigente la medida mientras continúa el tratamiento del amparo principal.
El acuerdo previo con las universidades
El fallo se conoció después del acuerdo firmado el 10 de junio entre la Subsecretaría de Políticas Universitarias, el Consejo Interuniversitario Nacional y las representaciones gremiales docentes y no docentes.
Ese entendimiento contempla un incremento del 24,33% en la masa salarial, distribuido entre junio y octubre, la reapertura de las negociaciones paritarias y una actualización del 20% para los gastos de funcionamiento.
También incluye fondos por 50.000 millones de pesos para hospitales universitarios y una suba del 50% para las becas Manuel Belgrano.
El acuerdo permitió atender parte de los reclamos inmediatos, pero no cerró la discusión judicial ni implica, por sí solo, que se haya cumplido completamente con los porcentajes y mecanismos establecidos por la ley.
La reacción de las universidades
Desde la Universidad de Buenos Aires señalaron que la resolución ratifica la obligación del Poder Ejecutivo de actualizar salarios y becas mientras se resuelve la causa principal.
El presidente del Consejo Interuniversitario Nacional, Franco Bartolacci, calificó el fallo como una noticia relevante para la comunidad universitaria y las instituciones democráticas.
También advirtió que la resolución representa un paso dentro de un reclamo más amplio y que las universidades continuarán trabajando para recuperar el financiamiento perdido.
El próximo capítulo se desarrollará en el expediente principal, donde la Justicia deberá resolver si el decreto que suspendió la ejecución de la ley es constitucional y determinar el alcance definitivo de las obligaciones del Estado.











